Nivel 2 · Lección 3 de 6 · 12 min de lectura

Excedentes y compensación

Qué pasa con la energía que te sobra: las modalidades de autoconsumo, cómo funciona la compensación simplificada, su límite mensual y qué no se compensa.

Lo que aprenderás

  • Las tres modalidades de autoconsumo con o sin excedentes
  • Cómo se calcula la compensación en tu factura y cuál es su límite
  • Qué ofertas existen para no perder lo que sobra

Las tres modalidades

El Real Decreto 244/2019 regula el autoconsumo en España. Para una vivienda, en la práctica hay tres opciones:

  1. Sin excedentes. Un dispositivo antivertido impide que salga energía a la red. Lo que sobra se pierde. Es sencilla de tramitar, pero desaprovecha energía, así que en general no compensa.
  2. Con excedentes acogida a compensación. Lo que sobra va a la red y se descuenta de tu factura cada mes. Es la opción habitual en viviendas y la que usa la calculadora de Heliá.
  3. Con excedentes no acogida a compensación. Vendes toda la energía sobrante en el mercado a través de un representante, sin límite. Pero se considera una actividad económica: exige darte de alta como productor y cumplir obligaciones fiscales. Suele tener sentido en instalaciones grandes, no en una casa.

Cómo funciona la compensación simplificada

Se puede usar con instalaciones renovables de hasta 100 kW, lo que incluye cualquier vivienda. Cada mes, tu comercializadora calcula dos cosas:

  • Lo que te cobra por la energía que has tomado de la red.
  • Lo que valen tus excedentes de ese mes.

El valor de los excedentes se resta del primero. ¿A qué precio? Depende de tu contrato:

  • En el PVPC, la tarifa regulada, cada kWh vertido se paga al precio de la energía en el mercado en esa hora, menos el coste de los desvíos.
  • En el mercado libre, cada comercializadora fija su precio. Hoy suele estar entre 0,05 y 0,10 € por kWh.

El límite: nunca por debajo de cero

La compensación solo descuenta del término de energía, y como mucho lo deja a cero. El periodo de cálculo no puede superar un mes. Prueba con un mes de verano:

Si en un mes tus excedentes valen más que la energía que has comprado, la diferencia no se compensa. Por eso en verano, cuando más produces y menos sueles tomar de la red, es cuando más fácil es chocar con el límite. La calculadora de Heliá aplica este límite mes a mes.

Lo que no se compensa nunca:

  • El término de potencia, que pagas por tener la potencia contratada.
  • El alquiler del contador.
  • Los impuestos.
  • Con muchas comercializadoras, también los peajes de la energía consumida, aunque alguna los incluye.

Por eso la factura casi nunca llega a cero aunque produzcas mucho más de lo que gastas.

Las "baterías virtuales"

La norma no obliga a pagar los excedentes que pasan del límite, pero tampoco lo prohíbe. Algunas comercializadoras del mercado libre ofrecen guardar ese saldo para descontarlo en meses siguientes, con nombres como "batería virtual" o "monedero solar". Antes de contratarlas, compara:

  • El precio al que te pagan cada kWh vertido.
  • Si cobran una cuota mensual por el servicio, y cuánto.
  • Si el saldo caduca o se pierde al cambiar de compañía.
  • El precio al que te venden la energía: una tarifa cara puede comerse la ventaja.

Comprueba lo que has aprendido

1. En un mes, tus excedentes valen 40 € y la energía que compraste vale 30 €. ¿Qué pasa?

2. ¿Qué parte de la factura no se compensa nunca?

3. ¿Qué modalidad suele convenir en una vivienda?

Fuentes

  1. Som Energia, Aula Popular: normativa sobre energía excedentaria y compensación (consultado el 9 de octubre de 2026).
  2. Defensor del Pueblo: mecanismo de compensación simplificado de las instalaciones de autoconsumo (cita el Real Decreto 244/2019) (consultado el 9 de octubre de 2026).